jueves, 28 de enero de 2016

John Frame y el Principio Regulador de la Adoración - Scott Aniol


John Frame es uno de los teólogos más influyentes que defiende la práctica de la música contemporánea en el servicio de adoración, de manera particular a través de sus dos libros populares: “Adoración en Espíritu y Verdad” y “Música Contemporánea en la Adoración”. Lo que muchos no se dan cuenta es que su filosofía expuesta en estos libros se desprende de un reblandecimiento y una redefinición de la doctrina directiva de su tradición presbiteriana, el Principio Regulador de la Adoración (PRA) Este reblandecimiento apareció por primera vez en el año de 1992 en un artículo en la Revista Teológica de Westminster, en la que publicó “Algunas Preguntas Acerca del Principio Regulador” 1 En aquel artículo, y en los subsecuentes escritos, Frame sostiene que el PRA debe aplicarse no solamente a la adoración congregacional, sino a toda la vida. Argumentando de esta manera, Frame debilita el PRA para que sea simplemente el gobierno soberano de Dios sobre toda la responsabilidad de vida del creyente de hacer todo para la gloria de Dios.

Definiendo el Principio Regulador de la Adoración

Antes de cuestionar las conclusiones de Frame con respecto al PRA debemos definir el PRA. Juan Calvino estuvo entre los primeros en articular claramente el Principio:

No podemos adoptar cualquier artificio [en nuestra adoración] que nos parezca apto a nosotros mismos; sino mirar a los mandamientos de Aquel quien es el Único con derecho a decretarlos. En consecuencia, si queremos tener a Dios aprobando nuestra adoración, esta regla, la cual Él la aplica en todos lados con la máxima exactitud, debe ser cuidadosamente observada… Dios desaprueba todos los modos de adoración que no están expresamente establecidos en Su Palabra. 2

Esta doctrina influyó a los puritanos en Inglaterra a través de John Knox, quien en la Confesión de Fe de Westminster, articulo 21, párrafo 1, declara:

La luz de la naturaleza muestra que hay un Dios que tiene señorío y soberanía sobre todo; es bueno y hace bien a todos; y que, por tanto, debe ser temido, amado, alabado, invocado, creído, y servido, con toda el alma con todo el corazón y con todas las fuerzas. Pero el modo aceptable de adorar al verdadero Dios es instituido por Él mismo, y está tan limitado por su propia voluntad revelada, que no se debe adorar a Dios conforme a las imaginaciones e invenciones de los hombres o a las sugerencias de Satanás, bajo ninguna representación visible o en ningún otro modo no prescrito en las Santas Escrituras.

En otras palabras, en cuanto a la adoración congregacional, lo que no está ordenado está prohibido.

En contraste con el PRA está el Principio Normativo de la Adoración (de aquí en adelante PNA) el cual dice que, aquello que no está prohibido está permitido. Históricamente los Bautistas, Presbiterianos y Congregacionalistas se han adscrito al PRA, mientras que los Luteranos y Anglicanos han seguido el PNA.

La Re-Definicion que hace John Frame del Principio Regulador de la Adoración

En su artículo publicado en la revista, John Frame rechaza cualquier distinción entre ‘toda la vida del creyente’ y ‘el servicio de adoración’, una necesaria diferencia implícita en el PRA. En lugar de ello, Frame insiste que “todas las acciones humanas se rigen por los mandamientos divinos. No existe un área neutral donde Dios permita que seamos nuestros propios legisladores. No existe ninguna área de la vida humana donde Dios renuncie a gobernar, o donde Su Palabra para nosotros guarde silencio”3 Frame cita pasajes tales como 1 Corintios 10:31 y Romanos 12:1 para demostrar que todo en la vida es adoración para el creyente. Entonces, al traer todos los aspectos de la vida bajo el paraguas del Principio Regulador (PR), Frame permite suavizar significativamente los requerimientos del PR, ya que ¿quién podría insistir en que se aplique “lo que no está ordenado está prohibido” a todas las situaciones normales de la vida?

Un Examen de Romanos 12 y 14

Dos pasajes en Romanos que llevan un significado inmediato sobre la re-definición de Frame del PRA son Romanos 12:1 y Romanos 14. Una mirada más de cerca a estos pasajes revelará que ellos, de hecho, no apoyan la re-definición que hace Frame del PRA

Romanos 12:1

Después de once largos capítulos de desarrollo teológico, Pablo comienza el capítulo 12 con un mandamiento para los creyentes: “que presentéis vuestro cuerpo como sacrificio vivo, santo y agradable a Dios – que es vuestro acto espiritual de adoración” Frame usa este pasaje, entre otros, para argumentar que, siendo que todo en la vida es adoración, entonces toda la vida debe ser puesta debajo de su suavizado Principio Regulador.

Sin embargo, la descripción de Pablo de ‘toda la vida como adoración’ no prueba automáticamente que la intensión de Dios para la Adoración Congregacional sea colocarla dentro de la categoría imprecisa de “toda la vida” El uso de Pablo del término “culto” aquí y en otros lugares es significativo en este sentido. La palabra “culto” – worship en inglés – (latreia en griego koiné) aquí ciertamente lleva consigo “figuras de culto” 4de la liturgia de la adoración judía. Sin embargo, esta particular palabra, se traduce más a menudo como “servicio” o “ministerio” denotando servicios individuales de adoración en contraste con otra terminología más congregacional usado para describir a la iglesia. Por ejemplo en Efesios 2:21-22 y en 1 Corintios 3:16-17 Pablo usa el término del templo (en este casonaos – la palabra para el lugar santísimo) con referencia a la iglesia reunida. En otras palabras, por el lenguaje específico de adoración empleado por Pablo, él parece ver una diferencia entre la ‘adoración individual de toda la vida del creyente’ y la ‘adoración congregacional de la iglesia’

Romanos 14

Los principios establecidos en Romanos 14 también desacreditan la redefinición que hace John Frame del PRA y demuestran su aparente desconocimiento del propósito original del PR. En contexto, Romanos 14 trata asuntos directamente relacionados con el tema de la adoración colectiva tales como comida ceremonialmente impura (koinon) y días sagrados. Cualquier discusión adecuada de la llamada "libertad cristiana" debe enmarcarse en este contexto.

La amonestación principal de Pablo en esta sección es particularmente instructiva con relación al PRA. Dentro de un contexto de “[haciendo] lo que contribuye a la paz y a la mutua edificación” (ver. 19) Pablo insiste en el versículo 5 que “cada uno esté plenamente convencido en su propia mente” con respecto a los días sagrados; y en el versículo 23 él advierte que: “pero el que duda sobre lo que come, es condenado, porque no lo hace con fe; y todo lo que no proviene de fe, es pecado” En otras palabras, uno debe ser cuidadoso de no imponer sobre su propia conciencia, o sobre la conciencia de otro, aquello de lo cual no están del todo convencido.

Los teólogos de Westminster tuvieron en mente este principio de “la libertad de conciencia” cuando ellos escribieron en el artículo 20, párrafo 2 de su Confesión:

Solo Dios es el Señor de la conciencia, y la ha dejado libre de los mandamientos y doctrinas de los hombres, las cuales son en alguna manera contrarias a su Palabra, o está al lado de ella en asuntos de fe o de adoración. (Subrayado del traductor)

Los autores de la Confesión de Fe de Westminster (CFW) entendieron el contexto de la discusión de Pablo de la “libertad de conciencia” en Romanos 14 y la aplicaron a su existente y muy similar situación. Los Puritanos de la CFW debatieron con sus colegas Anglicanos sobre los excesos ritualistas retenidos de la Iglesia Católica Romana. Delivuk resume el problema de ellos muy bien:

Desde el tiempo de la controversia sobre la vestimenta de este último siglo XVI, las adiciones anglicanas a la adoración habían traído graves problemas de conciencia a muchos creyentes sinceros. Ellos creyeron que estas innovaciones no eran parte de la adoración. Por lo tanto, ellos tuvieron problemas de conciencia cada vez que participaron en la adoración. El objetivo principal de la Asamblea de Westminster era proteger a los creyentes con conciencias sensibles. 5

Por lo tanto, el propósito original del PRA no fue restringir innecesariamente la adoración congregacional, sino el de liberar a las conciencias afectadas de prácticas dentro de la adoración congregacional que no estaban expresamente enunciadas en las Escrituras. Ellos insistieron en que ningún hombre, incluidas las autoridades eclesiásticas, tenían el derecho de forzar a un adorador de participar en una actividad de adoración que no tuviese ningún mandamiento bíblico. Gordon resume bien esto:

La cuestión que dio a luz al Principio Regulador fue la naturaleza y los límites del poder de la iglesia. La cuestión no fue para ellos “adoración” versus “el resto de la vida”; sino “aquellos aspectos de la vida que son regidos por los oficiales de la iglesia” versus “aquellos aspectos de la vida que no son regidos por los oficiales de la iglesia” 6

Conclusión

Los contextos tanto de Romanos 14 y la formulación original del PRA demuestra claramente una distinción bíblicamente garantizada entre la adoración congregacional y “el resto de la vida”, junto con la aplicación particularmente instructiva del PRA para iglesia – “En la adoración, la iglesia está prohibida de adicionar ritos y ceremonias a las que se encuentran en la Biblia porque la conciencia debe estar libre de los requerimientos humanos”7 Lo que no está ordenado, está prohibido.

Y así, el ablandamiento de Frame del Principio Regulador de la Adoración por medio de sujetar “toda la vida” al control del PRA es inválido. T. David Gordon en sus “Respuestas” a John Frame proclama,

El intento de Frame de poner “toda la vida” bajo un mismo paraguas… está condenado a la vanidad, porque no aborda la mismísima cuestión por la cual el Principio Regulador fue diseñado para enfrentar: los límites del poder de la iglesia y la libertad de conciencia. Si no existe ninguna distinción entre lo que es lícito para un individuo y lo que es lícito para lo que la iglesia pueda requerir de todos, entonces la discusión de Pablo en 1 Corintios 7 – 9 y Romanos 14, no tiene sentido.
Tales textos presuponen, y de hecho enseñan positivamente, que hay cosas que un individuo puede hacer libremente las cuales no se pueden exigir de los demás. 8

El autor Scott Aniol es el Fundador y el Director Ejecutivo de “Ministerios los Afectos Religiosos” Él está en la facultad en Southwestern Baptist Theological Seminary, donde imparte cursos en ministerio, adoración, himnología, estética, cultura y filosofía. Ha escrito varios libros, docenas de artículos, y predica en iglesias y conferencias en todo el país. Él es un anciano en su iglesia en Fort Worth, Texas, donde reside con su esposa y dos hijos.

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